Proyecto de Ley de las Ciudades
Comunale en su Edicion 4ta para su discusion bajo la rectoria de Red Copacgua y
su abogado MSc Edgar Azacon analista y comunicador popular en Bicentenario
Esta iniciativa responde a
razones históricas, que motivan al ente legislador a la elaboración de un
instrumento legal de transcendencia histórica, correlativo con el espíritu del
constituyente, quien establece en el articulado de la Constitución Nacional el
papel protagónico y organizado del pueblo a través de sus prácticas de
autogobierno, como se explica a continuación: Art. 5: “La soberanía reside
intransferiblemente en el pueblo, quien la ejerce directamente” (...). Art. 62:
"Todos los ciudadanos y ciudadanas tienen el derecho de participar
libremente en los asuntos públicos (...) La participación del pueblo en la
formación, ejecución y control de la gestión pública es el medio necesario para lograr el
protagonismo". Art. 70: “Son medios
de participación y protagonismo del pueblo en ejercicio de su soberanía, en lo
político: la elección de cargos públicos, el referendo, la consulta popular, la
revocación del mandato, las iniciativas legislativa, constitucional y
constituyente, el cabildo abierto y la asamblea de ciudadanos y ciudadanas y
participacion de pueblo tiene en las manos hacer la partida de nacimiento de la
ciudad comunal, donde nace su territorio, su ubicacion nombre y apellido de la
ciudad comunal todo esta y mas tiene que narrado en la carta fundacional para
entendimiento le narramos los que dice y dicta el articulo 12 El proyecto de la carta fundacional de la Ciudad
Comunal contendrá los siguientes aspectos: a. Ubicación. b. Ámbito geográfico.
c. Denominación de la Ciudad Comunal. d. Los planes de desarrollo económico y
social de las Comunas que formarán parte de la Ciudad Comunal, dentro del
Sistema de Planes del Plan de la Patria, referido en la Ley Constitucional. e.
Censo poblacional para el momento de su constitución, en sincronía con el
Sistema Estadístico y geográfico nacional. f. Constituir el proceso popular de
formulación del Plan de la Patria de la Ciudad Comunal, como parámetro central
y agenda programática de desarrollo de la Ciudad Comunal. Este plan deberá
formularse, de manera participativa y protagónica, dentro de los principios del
sistema de Planificación Público y Popular del Plan de la Patria, en un lapso
no mayor a los 90 días. La Ciudad Comunal se constituye cuando sea aprobada por
mayoría simple en referendo de los ciudadanos y ciudadanas de los Consejos
Comunales y las Comunas organizadas del ámbito geográfico propuesto y sea
presentada ante el órgano designado para tal fin. y ahora llegamos a la
democracia a las elecion con un registro electoral trasparente sin vicios de
acuerdo al proyecto de ley en su articulo 13 El registro electoral
de la Ciudad Comunal para todos los efectos está conformado por la sumatoria de
los registros electorales de las Comunas que la integran. y el
De la Integración
Ciudades Comunales
articulo 14 . La
Ciudad Comunal estará integrada de la siguiente manera: 1. Parlamento de la
Ciudad Comunal. 2. El Consejo Ejecutivo de Gobierno de la Ciudad Comunal. 3.
Consejo de Planificación de la Ciudad Comunal. 4. Consejo de Economía de la
Ciudad Comunal. 5. Consejo de Contraloría de la Ciudad Comunal. 6. Consejo de
Educación y Formación de la Ciudad Comunal. 7. Consejo de Justicia y Paz de la
Ciudad Comunal. 8. Comisión Electoral de la Ciudad Comunal.
Soberano Mayor Guarico en el proceso de consulta publica de la Ley Orgánica de la Ciudad Comunal
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